Aviso de Confidencialidad - BAYCO
Empresa 100% mexicana líder en implementación de soluciones SAP. Pioneros en implementaciones de SAP ERP y SAP MII con especialización en industria: manufacturera, conversión, farmacéutica, ensamble, automotriz, CPG, sector público, oil&gas y hospitales.
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■ AVISO DE CONFIDENCIALIDAD

 

Por medio de la presente me comprometo a a no revelar, divulgar o utilizar ninguna información presentada, mencionada o generada por  Soluciones Bayco SC, una sociedad mercantil constituida de conformidad con las leyes mexicanas vigentes, según consta en la Escritura Pública número 27,014 de fecha 8 de marzo del 2010, otorgada ante la fe del Notario Público número 10 de Colima, Colima , Lic. Miguel Angel Flores Puente, cuyo domicilio se encuentra en Avenida Tercer Anillo Periférico 142, Local 2, Residencial Esmeralda, CP 28017, Colima, Colima.

 

CONSIDERANDO QUE, Soluciones Bayco SC se dedica a proporcionar Software SAP, documentación y servicios relacionados a sus clientes, al tenor de la siguientes clausulas :

 

Ninguna de las partes, sin consentimiento escrito de la otra, divulgará la información confidencial y/o secretos comerciales de la contraparte recibidos de acuerdo al presente a ninguna persona que no sea sus empleados con necesidad de conocer, ni ninguna de las partes usará la información confidencial y/o secretos comerciales de la contraparte que no sea para efectos de este Contrato. Las partes del presente reconocen y convienen que toda la información confidencial y/o secretos comerciales intercambiados en este acto se mantendrán en estricta confidencialidad por la parte receptora, sus funcionarios y empleados, y que esas partes no se copiarán y reproducirán en su totalidad o en parte por ningún método, a menos que la parte informante lo convenga por escrito, o en el caso del software, se haga ingeniería inversa o se descompile, y que la parte receptora hará lo posible por impedir la divulgación a terceros de esas partes que se le hayan proporcionado, y usará al menos el mismo cuidado para proteger la información confidencial y/o secretos comerciales de la contraparte de su divulgación que usa para proteger su propia información, y en ningún caso menos del cuidado razonable. Todos los empleados a los que se divulga esa información serán notificados y convienen sujetarse por las restricciones al momento de la divulgación y el uso que se incluyen en este Contrato.

 

Se considera “información confidencial” toda aquella información que se encuentre en documentos, manuales, fórmulas, medios audiovisuales, electrónicos, magnéticos, discos ópticos, filmes u otros instrumentos similares, registros de compras y de ventas, listas de precios, los materiales concernientes a la tecnología y asistencia técnica, así como cualquier información que expresamente sea considerada como confidencial y que conste por escrito, en virtud de la ventaja competitiva que tal información supone en contra de sus competidores.

 

Los términos “información confidencial” y “secretos comerciales” según se utilizan en todo este documento, no aplicarán a la información que;
(i)       se encuentre legalmente en posesión de la parte receptora antes de que la parte informante la revele; o

(ii)       sea parte del dominio público sin incumplimiento de la parte receptora; o

(iii)      se haya desarrollado posteriormente, y de manera independiente de la revelación por la parte informante; o

(iv)      la parte informante la haya liberado por escrito de tal forma que la parte receptora pueda hacer una divulgación pública o de otra forma la parte informante ya no la considere confidencial.

 

Al momento que lo solicite la parte informante, la parte receptora devolverá toda la información confidencial y/o secretos comerciales que se le hayan divulgado en este acto como tales, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, material escrito o descriptivo, dibujos, información operativa, planos, descripciones u otros papeles o documentos que incluyan cualquier información confidencial y/o secreto comercial de la parte informante a ésta, sin conservar copia de lo anterior, o destruir esa información confidencial y/o secreto comercial y certificar de tal forma por escrito a la contraparte de que se ha efectuado esa destrucción.

 

La parte receptora indemnizará a la parte informante contra toda pérdida, daño o lesión que la parte informante sufra como resultado de cualquier violación de este Contrato por la parte receptora. Esa indemnización incluirá, más no se limitará a, las pérdidas, daños, lesiones o responsabilidad que la parte informante sufra como resultado de la violación de la parte receptora, en cualquier forma de este Contrato, así como los honorarios de abogados, costas legales, costas de arbitraje o costas de apelación, que puedan adjudicarse en algún litigio o arbitraje contra la parte que divulga para recuperar la remuneración pecuniaria por esa pérdida, daño o lesión o bien obtener un mandato judicial del incumplimiento de la parte receptora de acuerdo a lo que se especifica en este Contrato.

 

Nada contenido en este Contrato se interpretará que otorga a la parte receptora ningún derecho o licencia de acuerdo a ningún derecho de propiedad intelectual de la parte informante.

 

Las partes declaran que las disposiciones de este Contrato se pueden dividir. En caso de una determinación judicial de que alguna disposición específica de este Contrato es inválida o inejecutable, las demás disposiciones continuarán en pleno vigor y efecto, en tanto que sea posible, como si la disposición invalidada o inejecutable no hubiera sido parte del Contrato. En caso de una determinación judicial que indique que este Contrato no es aplicable de acuerdo a sus términos, el Contrato se interpretará, al limitar el alcance o duración o de otra forma, en cuanto a que sea ejecutable, y será ejecutable de acuerdo a la forma en que se interpretó.

 

El presente Contrato se encontrará en vigor a partir de la fecha que se menciona en el proemio y continuará en vigor hasta que cualquiera de las partes lo dé por terminado. Al momento de la terminación, las partes por este acto convienen mantener la confidencialidad de esa información por un periodo de 5 (cinco) años a partir de la fecha de terminación.

 

Para la interpretación, celebración, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las partes se someten expresamente a los Tribunales de la Ciudad de México renunciando ambas partes, expresamente, a cualquier fuero que por su domicilio presente o futuro les pueda corresponder.

 

El presente Contrato se acepta por completo al ingresar a la liga  proporcionada por Soluciones Bayco y su aceptación electrónica equivale a una firma autógrafa por parte del la persona que ingreso al presente material. Ambas  partes contratantes, manifiestan que su voluntad ha sido libremente expresada y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe u otro vicio, ratificando la redacción, alcance y contenido del presente Contrato y en constancia de lo anterior estampan su firma al margen y al calce.

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